02. Bloque institucional
Inversiones productivas
Inversiones productivas
AYUDAS A ACTIVIDADES E INVERSIONES DE CARÁCTER PRODUCTIVO.
OBJETIVOS.
Las ayudas a proyectos productivos tendrán como objetivos:
• Aumentar la competitividad y el crecimiento.
• Mejorar el nivel de vida de los habitantes del medio rural.
• Favorecer la ocupación sostenible del territorio, con especial atención a los jóvenes y las mujeres, así como a los colectivos de inmigrantes y personas con discapacidad.
• Diversificar la economía rural mediante el apoyo a las PYMES, al emprendimiento y la innovación.
• Potenciar la gobernanza local y la animación social.
• Garantizar la sostenibilidad de la actividad en el medio rural, mediante la utilización adecuada de los recursos naturales.
ACTIVIDADES Y PROYECTOS AUXILIABLES.
Serán subvencionables aquellas actividades proyectos que, cumpliendo la legislación vigente, estén dirigidas a:
a) La diversificación hacia actividades no agrícolas en explotaciones agrarias.
b) Ayudar a la creación, ampliación, modernización y/o traslado de pequeñas y medianas empresas (PYMES), excluido el sector primario regulado en el artículo 17.1.a), 17.1.c), 17.1.d) y en el artículo 19.1 a) i) y 19.1 a) iii) del Reglamento (UE) n.º 1305/2013.
c) El fomento de actividades turísticas.
d) La ejecución de infraestructuras y servicios básicos para la población y la economía rural.
e) Actuaciones dirigidas al aumento del valor añadido de los productos agrarios, agroalimentarios y forestales.
Serán proyectos subvencionables los dirigidos a la creación de nuevos establecimientos, así como los destinados a la ampliación, modernización o traslado de los existentes.
A estos efectos, se considerarán:
a) De creación, los que den origen a la iniciación de una actividad productiva y generen puestos de trabajo.
b) De ampliación, los que supongan el desarrollo de una actividad ya establecida, incrementando la producción, o el inicio de una actividad que implique un cambio radical en el producto o en los procedimientos de producción y, en todo caso, incrementen el nivel de empleo.
c) De modernización, los que incrementen el nivel de productividad de forma sensible o mejoren el nivel de impacto ambiental o la accesibilidad e incrementen o mantengan el nivel de empleo.
d) De traslado, los que planteen el desmontaje, traslado y montaje de empresas, desde el exterior de la zona de aplicación hasta el interior, o dentro de la propia zona, siempre y cuando realicen nuevas inversiones en activos fijos en el nuevo emplazamiento, que supongan mejora en la productividad y en los niveles de empleo.
Se entenderá por generación de empleo la creación de puestos de trabajo nuevos: fijos, eventuales, a tiempo parcial o completo, pero nuevos.
EI incremento del nivel de empleo incluye tanto la generación de nuevos puestos de trabajo, como el aumento del número total de horas trabajadas, por ejemplo pasando de jornada parcial a jornada completa, de fijo discontinuo a fijo.
INTENSIDAD DE LA AYUDA.
Se respetará el límite máximo dispuesto en el mapa de ayudas regionales, según el cual, para Castilla y León la intensidad máxima de la ayuda será del 20% y 30% para medianas y pequeñas empresas respectivamente.
Para su cálculo se tendrá en cuenta lo establecido en el Procedimiento Interno de Gestión del GAL Cuatro Valles, en cuanto a criterios de selección y baremación de proyectos.
LÍMITE A LA CUANTÍA DE LA AYUDA.
La ayuda total que podrá recibir un proyecto, con arreglo a este régimen de ayudas, no podrá ser superior a 250.000 euros.