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Asociación Cuatro Valles - León

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02. Bloque institucional

Tramitación de las ayudas

Tramitación de las ayudas



SOLICITUD

El expediente de ayuda se inicia con la presentación  de la solicitud de ayuda, en modelo normalizado, registrado junto a los documentos anexos a la solicitud.

La solicitud se registrará en la sede del GAL “Asociación Cuatro Valles”  ubicada en Avenida Manocho 92 -24120 -Canales - La Magdalena (León).

 

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE AYUDAS.

Antes de la adopción de la resolución de aprobación del proyecto por el Órgano de Decisión del GAL, el Grupo debe solicitar para cada uno de los proyectos  el informe de subvencionalidad,  a la Dirección General de Competitividad de la Industria Agroalimentaria y de la Empresa Agraria. El Órgano de Decisión del Grupo no podrá aprobar un proyecto y autorizar su financiación sin el informe favorable de subvencionalidad, que será preceptivo y vinculante.

Una vez que se disponga del informe de subvencionalidad  elevará el ITE al Órgano de Decisión para que  tome la decisión de auxiliar o no  el proyecto y determinar, en su caso,  la ayuda que le corresponde al mismo.

 

PLAZOS Y FECHAS.

La convocatoria permanecerá abierta durante todo el período de aplicación LEADER. El Grupo de Acción Local, cuando lo considere necesario y en función de la tipología de los proyectos, podrá hacer públicas convocatorias específicas para los mismos. Las convocatorias estarán limitadas, en todo caso, a la financiación disponible en la Estrategia de acuerdo con las asignaciones a que se hace referencia en al Orden AYG/177/ 2016, de 8 de marzo, y deberá atenerse a las siguientes fechas:

 

1.– Plazo de presentación de solicitudes: Desde  el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de León y hasta el 31 de diciembre de 2021.

 

2.– Plazo para la suscripción de contratos de ayuda con los promotores: Hasta 30 de junio de 2022. Este plazo no será aplicable a los proyectos autorizados en virtud del artículo 9 de la Orden AYG/177/2016, de 8 de marzo.

 

3.– Plazo para llevar a cabo la certificación de las inversiones: Hasta 30 de septiembre de 2023 .

 

 



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