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En la comunidad autónoma de Castilla y León, existen tres modalidades de alo-
jamiento de Turismo Rural reguladas por el
Decreto 84/1995 de 11 de mayo de
ordenación de alojamientos de turismo rural y Orden de 27 de octubre de 1995
de desarrollo de dicho acuerdo.
CASA RURAL (CR)
Alojamientos situados en casas tradicionales del medio rural que aún
conservan su encanto y atractivo. Dentro de la oferta de casas rurales
de Castilla y León existen dos posibilidades de alojamiento:
Casa Rural de Alquiler
(CRA)
: cuando la ocupación se realice en
régimen de arrendamiento.
Casa Rural de Alojamiento Compartido
(CRAC)
: cuando el titular
comparte el uso de su propia vivienda con los huéspedes a los que
destina una zona específica del inmueble.
CENTROS DE TURISMO RURAL (CTR)
Edificios de arquitectura tradicional en los que se prestan mediante
precio, los servicios de alojamiento, restauración y actividades com-
plementarias de ocio y tiempo libre.
POSADAS (P)
Alojamientos de turismo rural situados en edificios con valor arqui-
tectónico tradicional, histórico, cultural o etnográfico, que ofrecen
alojamiento y manutención.
POSADA REAL (PR)
Establecimientos de turismo rural (Posadas y Centros de Turismo
Rural) seleccionados bajo rigurosos criterios de calidad basados
en el carácter del establecimiento, los servicios, la decoración, el
entorno y demás factores que les convierten en exponentes de aloja-
mientos de calidad dentro del turismo rural.
ALOJAMIENTOS DE TURISMO RURAL en castilla y león